miércoles, agosto 29, 2007

La vivienda, la demografía y la ley

Los gerentes de mercadeo tienen muy claro el impacto de las macrofuerzas, entre ellas en especial la legislación y la regulación. DINERO informa sobre un proyecto de ley que busca promover en Colombia "el mercado de segunda vivienda entre rentistas y pensionados residentes en el exterior". La idea es que nuestro país compita con otros destinos de la zona caribe hoy, como son Panamá y Costa Rica. El grupo de población meta tradicionalmente había preferido a Miami y otras ciudades de Florida; pero es que vivir en USA es muy caro (y además están los huracanes); y si lo que se busca es buen clima (recuérdese que una de las pruebas de que nos estamos volviendo viejos es que en todas partes sentimos un "chiflón" frio; otra es que todo nos va parececiendo más caro...) pues la ventaja está pintada

Considera el gobierno de buen sentido establecer exoneraciones de impuestos para estimular la creación y venta luego de los proyectos en estas zonas de retiro, pues se beneficiaría la economía de diversas maneras:

(citando a DINERO)"El concepto de segunda vivienda tiene que ver con aquellos inmuebles adquiridos con el objeto de residir temporalmente en ellos con fines de descanso o retiro. De ahí que el desarrollo de este tipo de proyectos se favorece en lugares seguros, con servicios médicos de calidad, telecomunicaciones al alcance y facilidad para viajar a su lugar de origen. Además, tienen impacto importante en la inversión extranjera directa, la generación de empleo, el mejoramiento de infraestructura y el desarrollo económico y social..."

En el caso de Colombia esto tiene otro impacto nada despreciable que tiene que ver con los millones de colombianos a - medias - emigrados que añoran volver a residir (y a morir) algún día en su tierra...

El reto, por otra parte, nada despreciable también, será cómo va a controlar el gobierno la implantación de estas "zonas" libres de impuestos para constructores y compradores:

1. No tiene mucho sentido que sean de localizaciones específicas pues el aislamiento que esto supone no es atractivo: es vivienda, no resort

2. Además de estar estas zonas inmersas en "la ciudad", cualquiera que sea, el constructor tendría que distinguir a quien le puede vender y a quien no (¿Cómo? ¿Vía una autorización del gobierno?)

3. Y si el proyecto tiene al cabo inventario disponible ¿Cómo evitará el gobierno que el constructor legítimamente busque compradores más allá de los calificados como "extranjeros ... [o] colombianos que no sean residentes en el país"

4. Y en últimas ¿Con qué explicación se detendría a los jubilados nacionales para poder comprar en los proyectos?

5. Y luego ¿Cómo se evitaría que un"jubilado legítimo", enajene, por cualquier motivo o necesidad, el inmueble en cualquier tiempo futuro, a "uno ilegítimo" o a cualquier ciudadano con interés y dinero para comprarle?

Habrá que ver cómo se planteó y abordó respuestas a cada una de estas preguntas el DNP

PS ¿Y los arriendos por semanas o temporadas? Si se trata de un rentista, esto entronca con el regimen de inversión extranjera y remesas de utilidades ¿O no?

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